Sanidad al mudarse al extranjero desde España 2026: baja del SNS, formulario S1 en UE/EEE y seguros privados

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En resumen: El traslado al extranjero implica la baja del Sistema Nacional de Salud al perder la condición de residente. En la UE/EEE el formulario S1 (emitido por el INSS) permite que España financie la asistencia en el país de destino para pensionistas y trabajadores desplazados. La TSE solo cubre estancias temporales. Fuera de la UE se requiere seguro médico privado.

Puntos clave

  • SNS deja de cubrir al perder la residencia.
  • Formulario S1 emitido por INSS para UE/EEE.
  • TSE solo para estancias temporales.
  • Seguro privado fuera de la UE.
  • Familiares cubiertos por el S1.
Sanidad al mudarse al extranjero desde Espaa 2026 baja del SNS formulario S1 en UEEEE y seguros privados

Cómo se pierde el derecho al SNS al emigrar

El derecho a la asistencia sanitaria por el Sistema Nacional de Salud (SNS) en España se vincula a la condición de asegurado o beneficiario según el RD 1192/2012 y la Ley 33/2011 General de Salud Pública. La condición se pierde cuando dejas de cotizar a la Seguridad Social española y trasladas tu residencia al extranjero. La baja efectiva la tramita el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) cuando recibe comunicación de tu cambio de residencia o del cese de tu actividad laboral en España.

Importante: la tarjeta sanitaria individual (TSI) autonómica no se desactiva automáticamente. En la práctica, las CCAA realizan revisiones periódicas y solicitan justificación de residencia. Si usas la TSI estando ya empadronado fuera, puedes incurrir en facturación de gastos sanitarios por la CCAA al INSS, con repercusión personal posterior. Notifica formalmente a tu Servicio Autonómico de Salud (SERMAS, CatSalut, SAS, Osakidetza, etc.) para evitar conflictos administrativos.

Formulario S1: tu cobertura sanitaria en otro país UE/EEE

Si emigras a un país de la UE, EEE o Suiza y mantienes vínculos con la Seguridad Social española (por ejemplo, eres pensionista del INSS, cobras prestación por desempleo exportable, o eres trabajador desplazado por empresa española), tienes derecho al formulario S1 (antes E-106/E-109/E-121) emitido por el INSS. El S1 te da acceso a la sanidad pública del país de residencia en igualdad de condiciones que los nacionales de ese país, con cargo a España.

Casos típicos de S1:

  • Pensionistas del INSS que se trasladan a Portugal, Francia, Alemania, Reino Unido (gracias al Acuerdo Comercio y Cooperación post-Brexit), etc.
  • Trabajadores desplazados con certificado A1 que mantienen cotización en España hasta 24 meses (Reglamento CE 883/2004).
  • Familiares dependientes de un cotizante a la Seguridad Social española que residen en otro país UE.
  • Estudiantes Erasmus+ con duración superior al periodo cubierto por TSE — pueden solicitar S1 específico.

Solicitud: en sede electrónica de la Seguridad Social con Cl@ve permanente o certificado digital, o presencialmente en oficinas del INSS. Plazo de emisión: 15-30 días naturales. Se entrega un original por persona cubierta.

TSE: solo para estancias temporales, no para residentes

La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) cubre asistencia sanitaria necesaria durante estancias temporales (turismo, estudios cortos, viajes de negocios). NO cubre la situación del residente en otro país UE — para ello se necesita el S1 o registro como asegurado en el sistema sanitario local. Usar la TSE como residente puede llevar a reclamaciones del país anfitrión a España y posterior facturación al titular.

Si te trasladas definitivamente, devuelve la TSE o déjala caducar (validez 2 años). Si volviste a España temporalmente, puedes seguir solicitando una TSE como cualquier residente.

Cobertura por país: cuadro práctico

País destino Documento clave Sistema sanitario destino
Alemania S1 (pensionista) o registro local con seguro privado/público Krankenkasse pública (TK, AOK, Barmer) o privado
Francia S1 + inscripción en CPAM Assurance Maladie (CPAM)
Reino Unido S1 (post-Brexit Acuerdo CCA) o registro NHS NHS — registro en GP local
Portugal S1 + número SNS portugués (Centro de Saúde) SNS portugués
Países Bajos S1 o seguro obligatorio Zorgverzekering Privado obligatorio (CAK supervisa)
EE. UU. S1 no disponible — seguro privado obligatorio Mercado privado (sin convenio bilateral)
Andorra Convenio bilateral CASS Caixa Andorrana de Seguretat Social
EAU / Singapur / Hong Kong Sin convenio — seguro internacional privado Mixed mercado privado

Seguro internacional para destinos sin convenio

Para EE. UU., Canadá, Australia, EAU, Asia y América Latina (excepto países con convenio bilateral como Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Marruecos, México, Paraguay, Perú, Uruguay), necesitas seguro privado internacional. Aseguradoras habituales: Cigna Global, Allianz Worldwide Care, Bupa Global, AXA, MAPFRE Internacional, Sanitas Internacional, ASISA, DKV. Coberturas a verificar:

  • Asistencia hospitalaria con cobertura mínima 1 millón € (EE. UU. exige cobertura más alta).
  • Asistencia ambulatoria, pruebas, especialistas.
  • Repatriación sanitaria y de restos mortales.
  • Maternidad y enfermedades crónicas preexistentes (ojo a periodos de carencia).
  • Salud dental y oftalmología (suelen ser opcionales).

Vuelta a España: alta como asegurado

Si regresas a España, recuperas la condición de asegurado tras volver a empadronarte y cotizar a la Seguridad Social, o como pensionista que retorna. Plazo: tras el alta, la TSI nueva se emite en 15-30 días. Mientras tanto, los servicios urgentes están cubiertos al estar empadronado y la atención primaria también — ver Real Decreto-ley 7/2018 que restableció la universalidad sanitaria. Tras emigración prolongada (más de 90 días), algunas CCAA exigen acreditación de no cobertura por seguro privado en el país de origen.

Cronograma sanitario recomendado

Día -90: Solicitar S1 al INSS si aplica. Comparar seguros internacionales.

Día -60: Recibir S1 (15-30 días). Contratar seguro privado para destinos sin convenio. Solicitar historial clínico digital y vacunaciones.

Día -30: Notificar baja a tu CCAA con copia del S1 o seguro privado. Comprar medicamentos crónicos para 60-90 días de stock.

Día 0 (mudanza): Llegada con S1 o póliza activa. Llevar TSE para los primeros días.

Día +14 a +30: Inscripción en sistema sanitario local con S1. Asignación de médico de cabecera. Validar cobertura de medicamentos.

Coordina la sanidad con la baja del padrón y el cambio de residencia fiscal para evitar inconsistencias entre INSS, AEAT y tu CCAA.

FAQ

¿Cómo solicito el S1?

En el INSS antes del traslado, aportando documentación del nuevo país de residencia.

¿Mi familia queda cubierta?

Sí, los beneficiarios derivados del titular del S1.

¿La TSE basta?

Solo para estancias temporales o durante la transición.

¿Mudanza a EE.UU.?

Imprescindible un seguro internacional privado.

¿Convenio bilateral?

España tiene convenios con países como Andorra, Marruecos, Brasil, etc., con coberturas específicas.

¿Puedo mantener la TSI española si soy pensionista del INSS y vivo en Portugal?

Técnicamente la TSI se mantiene asociada al INSS, pero la asistencia ordinaria se da en Portugal con S1. La TSE española sigue siendo válida para viajes a otros países UE durante estancias temporales. Para asistencia en España (visitas familiares), la TSI sigue funcionando porque tu Seguridad Social la financia desde España.

Si emigro temporalmente por trabajo (24 meses con A1), ¿necesito S1?

Si tu empresa española te desplaza con certificado A1 y mantiene cotización en España, tienes derecho a S1 emitido por el INSS para acceder a la sanidad pública del país de destino con cargo a España. Sin S1, dependes de la TSE (solo asistencia necesaria) o del seguro privado de la empresa.

¿Qué hago si pierdo el derecho al SNS pero vuelvo a España de visita y necesito atención médica?

La asistencia urgente se presta a todo paciente independientemente de su situación administrativa. Para atención no urgente, presenta tu S1 o seguro privado al servicio sanitario autonómico. Si tienes pasaporte español pero vives fuera sin convenio, te facturarán según tarifas de no cobertura o por el seguro privado.

¿Cómo solicito mi historial clínico digital antes de emigrar?

Cada CCAA tiene su portal: Mi Carpeta Salud (Madrid), La Meva Salut (Cataluña), Carpeta Salud (Andalucía), etc. Solicita exportación en PDF con todos los informes, analíticas, vacunaciones y medicación crónica. La Historia Clínica Resumida en formato europeo (Patient Summary) facilita continuidad asistencial en otros países UE.

Tramita el S1 con varias semanas de antelación para evitar lagunas de cobertura.

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Ver también: Todas las guías de mudanza desde España.

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